Ordenanza N° 1843/1984

Promulgada

Asunto

A partir de la promulgación de la presente ORDENANZA las multas que se aplican conforme a lo determinado en la Ordenanza Tarifaria y Reglamentaciones vigentes, serán de trámite sumario y su conformación y trámite de cobro no podrán superar los quince (15) días, desde el momento de haberse realizado el procedimiento.

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