Encomendar al Departamento Ejecutivo, instrumente, a la brevedad posible, conjuntamente con el Ministerio de Desarrollo Social y Salud, con participación directa de nuestra Dirección de Salud y Medio Ambiente y Cuerpo de Inspectores (Personal idóneo), las medidas tendientes a efectivizar inspecciones en todos los comercios no autorizados a expender medicamentos, según Ley Nacional Nº 17.565 y Leyes Provinciales Nº 5.897, 5.547 y 5.966.
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Datos
Fecha de Sanción: 14/08/97
Resultado parlamentario: Aprobado: Amplia Mayoría
Comisión: Asuntos Varios, Cultura, Salud y Deporte