Ordenanza N° 3105/1991

Promulgada

Asunto

Prorróguese el plazo estipulado en el Artículo 11º, apartado II-I de la Ordenanza Nº 2.042/85 hasta el 30 de noviembre de 1992 para llevar a cabo el desalojo de las construcciones encuadradas en la misma y hasta el 30 de diciembre de 1992 para proceder a su demolición.

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